jueves, 28 de julio de 2016

URUGUAY ¿Victoria de los sumisos o contra la sumisión?

Articulo de Julio A Louis

Todas son loas. Los titulares de “La República” del sábado 9 afirman: “Ganó Tabaré, ganó el país, ganó la salud, ganó el mundo”, la de “un pequeño país contra un gigante multinacional”. Cierto y compartible. Pero enseguida la pregunta: ¿si alguien se arroja a una ciénaga muy peligrosa –por gil, por sumiso- y salva su vida en esa circunstancia, sin avisar que en ella no se debe entrar, hasta qué punto es una victoria? 

Nuestros gobiernos tienen vocación por zambullirse en las ciénagas. Refresquemos conceptos. En pos de la desregulación de los mercados financieros, la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, acuerda el AMI (Acuerdo Multilateral de Inversiones) en 1995. Su base fue que los inversores privados pueden emprender acciones contra los Estados Nacionales, por fuera de ellos y de sus constituciones. Provocó un escándalo en Francia y en Europa por lo que momentáneamente se detuvo. Sin embargo, el concepto se transmite al ALCA, a los Tratados Bilaterales de Inversiones, a los Tratados de Libre Comercio, a la Alianza del Pacífico, al TISA, etc. Y los gobiernos de Uruguay y sus cancilleres (excepción de Gargano) han demostrado vocación sumisa hacia ellos, sin denunciar que los criterios neoliberales de integración buscan las privatizaciones, ingresar capitales así sean especulativos y enganchar en deudas externas de pagos interminables.

 Los Tratados Bilaterales de Inversiones que ha firmado Uruguay son 28. El antepenúltimo y penúltimo (con México y Finlandia) han sido con la oposición de la bancada del FA, por atentar contra la soberanía. Hasta que, a sólo seis días de terminar su mandato, el Dr. Batlle ensarta al país con el último y más exigente de todos, con Estados Unidos (EUA), maquillado por Vázquez y votado por el FA. Cientos de firmantes fundamentamos contra él, entre otros –y solo mencionamos a ilustres fallecidos- el Gral. Víctor Licandro, Eduardo Galeano, José (Pepe) D´Elía, el Dr. Hugo Villar, el Profesor Hugo Cores, el Dr. Helios Sarthou. Entre los argumentos esgrimidos destacamos los siguientes: El “Centro Europa-Tercer Mundo y la Asociación Americana de Juristas” expone en la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas en el 56º período de sesiones, el 26 de julio al 13 de agosto de 2004: “Los tratados bilaterales de libre comercio y de protección de inversiones (son) ´armas de destrucción masiva del derecho público nacional e internacional y de los derechos humanos´”. Mientras EUA exige trato preferencial para sus inversiones en nuestros países, aplica otro criterio: “El Congreso de los EUA de Norte América a través del dictado de la TradeActof2002, declara la supremacía de la ley interna de los EUA en materia de inversiones extranjeras y garantiza que los inversores de terceros países no sean beneficiados con mayores derechos que los otorgados a los inversores americanos de los EUA.” El país más industrializado de América Latina y receptor del mayor flujo de inversiones extranjeros, “Brasil firmó 32 Tratados de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, pero ninguno entró en vigencia porque el Senado no los aprobó por inconstitucionales. La negativa se basó en que se producía una situación de discriminación en contra del inversor nacional, dado que el extranjero tendría el privilegio de optar por la jurisdicción arbitral internacional.” Afirma Fernández Galeano que el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones) hasta 2010 falló en 232 litigios y en 230 lo hizo a favor de las empresas.

Pongamos un solo ejemplo: el Estado mexicano de Potosí clausura un vertedero de desechos tóxicos. Metalclad (EUA) gana el litigio contra el Estado, y es resarcida en 16.685.000 millones de dólares. “El Secretario del CIADI es funcionario del propio Banco Mundial¨. Cada parte, demandante y demandado, pone un juez y el tercero lo decide el Banco Mundial. “Los árbitros no son jueces de ningún Poder Judicial, son profesionales muy bien pagos, y sus laudos son obligatorios y no son apelables. Un procedimiento privado y secreto del Banco Mundial, al servicio de trasnacionales, para juzgar a los Estados, donde una de las partes es también juez, no ofrece ninguna garantía, ni sería válido jurídicamente reconocer sus laudos”. Bolivia (2007) y Ecuador (2009) han denunciado los acuerdos que someten al CIADI y salieron de su campo de influencia. Uruguay debería haber hecho lo mismo. No celebramos una victoria por ser sumiso, celebraríamos la victoria contra la sumisión, aceptando solo a los Tribunales Nacionales, o auspiciando órganos de arbitraje de la UNASUR o CELAC.

 1- Nana Bevillaqua –Adjunta del Defensor del Pueblo de la Nación Argentina- “Protégeme de mis protectores. Los tratados bilaterales de promoción y protección de las inversiones extranjeras como alternativa al ALCA” “Siete sobre Siete,” 9 de mayo de 2005 2- Alberto Soria., responsable de AMERSUR, entidad especializada en la integración sudamericana. “Tratados Bilaterales de Inversiones”. “Le Monde Diplomatique”, “el Dipló”. Buenos Aires. Enero de 2005. 3- “La República” citada del 9 de julio de 2016, página 4. 83 Pasaje del documento citado encabezado por el Gral. Victor Licandro.

No hay comentarios: